Cuándo y dónde publicar avisos de remates judiciales

Los remates judiciales deben anunciarse públicamente para garantizar transparencia en el proceso. Conozca cuándo corresponde publicar estos avisos y cuáles son los requisitos y plazos que establece la ley para su correcta difusión.

¿Qué es un aviso de remate judicial?

Los remates judiciales corresponden a subastas ordenadas por un tribunal, generalmente en el marco de un juicio, con el objetivo de vender bienes como propiedades u otros activos para cumplir con obligaciones pendientes.

Para asegurar que el proceso sea público y transparente, la ley exige que estos remates sean anunciados mediante avisos publicados en medios de comunicación, permitiendo que cualquier interesado pueda informarse y participar en la subasta.

¿Qué dice la ley?

La publicación de los avisos de remate está regulada principalmente por el artículo 489 del Código de Procedimiento Civil, norma que establece la obligación de informar la subasta a través de publicaciones en la prensa.

Según esta disposición, el remate debe anunciarse mediante avisos publicados en un diario de la comuna donde se realiza el remate o en la capital de la provincia o de la región, dependiendo de lo que determine el tribunal.

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Cómo publicar un aviso de remate judicial

1. Contar con la resolución que ordena el remate
El tribunal que lleva la causa dicta una resolución en la que fija la fecha del remate y ordena su publicación en un medio de comunicación.

2. Preparar el aviso de remate
El aviso debe incluir la información relevante de la subasta, como el bien que se rematará, la fecha, hora y lugar del remate, además de otros antecedentes que determine el tribunal.

3. Publicar el aviso en un diario autorizado
La ley exige que el aviso se publique al menos cuatro veces en un diario de la comuna correspondiente o en uno de circulación en la capital provincial o regional.

4. Respetar los plazos establecidos
El primer aviso debe publicarse con al menos 15 días de anticipación respecto de la fecha fijada para la subasta.

5. Conservar los comprobantes de publicación
Una vez realizadas las publicaciones, es importante guardar los respaldos correspondientes, ya que estos deben presentarse dentro del proceso judicial para acreditar que se cumplió con la publicidad exigida por la ley.

Remates judiciales y medios remotos

En los últimos años se han incorporado mecanismos que permiten realizar remates a distancia. La Ley 21.394 y el Acta 263 de la Corte Suprema autorizaron la realización de remates judiciales por medios remotos, especialmente a través de plataformas digitales.

No obstante, incluso cuando el remate se realiza de manera online, la obligación de publicar los avisos en la prensa se mantiene, ya que esta publicidad es clave para garantizar la transparencia y el acceso de los interesados.

Actualmente, la publicación de avisos de remates judiciales también puede gestionarse de forma digital. 

A través de la plataforma www.YoPublico.cl es posible realizar este trámite de manera completamente online, permitiendo publicar avisos legales en distintos medios de comunicación del país.

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