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Las renegociaciones de deudas han aumentado significativamente en los últimos años, con un crecimiento del 185% en 2024 y del 95% este año. El superintendente de Insolvencia y Reemprendimiento, Hugo Sánchez, atribuye este incremento a un cambio legal que excluyó a los emisores de boletas de honorarios de la definición de empresa deudora, lo que ha llevado a un aumento masivo de personas acogiéndose a la renegociación. Esta situación ha generado una fuerte demanda en la Superintendencia, con un crecimiento promedio del 150%, donde el 70% corresponde a los emisores de boletas de honorarios.
Las renegociaciones de deudas han experimentado una importante alza en los últimos años. Ya en 2024, el proceso tuvo un aumento de 185%, mientras que en el presente año, ya alcanza un alza del 95%.
Frente a este escenario, el superintendente de Insolvencia y Reemprendimiento, Hugo Sánchez, explicó que esto se debe, principalmente, a que “tuvimos un cambio de ley importante, que entró en vigencia el 11 de agosto de 2023, lo que permitió redefinir la definición de empresa deudora, porque dentro de esa definición estaban las personas que emitían boletas de honorarios”.
“Sacamos esa definición de empresas y ahora las personas que emiten boletas de honorarios se han acogido, de manera masiva, a la renegociación de la persona deudora”, agregó.
En consecuencia, Sánchez comentó que se “ha generado una presión de demanda en la Superintendencia (…) En promedio, hemos tenido un crecimiento del 150%#.
“El 70% de este crecimiento está explicado por los emisores de boletas de honorarios, que antes tenían que ir a tribunales, a liquidarse como empresas o a reorganizar”, siguió.
¿Cómo optar a una renegociación de deudas?
Por otra parte, el superintendente de Insolvencia y Reemprendimiento detalló cuatro condiciones fundamentales para poder optar a una renegociación de deudas en la Superintendencia.
Cabe mencionar que, para hacerlo, hay que tomar contacto con el organismo, no necesariamente de forma presencia, sino que a través de su página web también se puede concretar.
Condiciones para renegociar deuda con Superintendencia
1.- “Tener al menos dos deudas vencidas. O sea, las personas que tienen deuda, pero que la están pagando al día, no es necesario que recurran a la Superintendencia”.
2.- “Que esas deudas vencidas sean de al menos 90 días. Es decir, que se excedieron en un plazo de tres meses en el pago de la cuota”.
3.- “Que el total de la deuda, la parte vencida, lo que ya dejaron de pagar, y todo lo que viene en el futuro, que todo ese crédito, lo vencido y lo no vencido, sume al menos 80 UF (al día son más de $3.100.000)”.
4.- “Que esta deuda no haya sido demandada de juicio ejecutivo”.
Revisa todos los detalles en la entrevista completa.