Gobierno publica la categoría del «vino bajo alcohol» ante un mundo que bebe cada vez menos

El Gobierno, mediante el Ministerio de Agricultura (Minagri), publicó el decreto que establece la categoría de “vino bajo alcohol”, con una graduación alcohólica menor a la establecida por la ley N° 18.455 promulgada en 1986.

Según se estipula en el Diario Oficial, esta nueva categoría tiene como definición aquella bebida alcohólica “elaborada exclusivamente sobre la base de zumo de uva parcial o totalmente fermentada, excluidas las uvas de mesa, elaborada mediante prácticas enológicas autorizadas con una graduación alcohólica real mínima de 8,5º y una graduación alcohólica potencial inferior al grado alcohólico establecido para el vino”.

Gobierno implementa nueva categoría de vinos bajos en alcohol

Hasta ahora, la Ley N°18.455, que establece normas sobre la producción y venta de bebidas alcohólicas, sostiene que un vino debe tener una graduación alcohólica mínima real de 11,5º.

Sin embargo, el propio decreto del Ministerio de Agricultura detalla que a nivel nacional e internacional se ha observado “una disminución sostenida” en el consumo de vino tradicional durante los últimos años, lo que ha elevado las existencias de los productores o generado sobrestock.

“En contraste, la categoría de vinos desalcoholizados y parcialmente desalcoholizados ha experimentado un importante crecimiento, estimándose que el mercado mundial de vinos de este tipo, valorizado en US$1.180,83 millones en 2023, alcanzará aproximadamente US$7.892,17 millones al año 2032, lo que representaría una tasa de crecimiento anual compuesta del 23,5% durante dicho período”, agrega el texto oficial.

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En esta línea, el Minagri explicó que el incremento en la demanda de vinos con menos alcohol responde principalmente a tendencias de consumo vinculadas a estilos de vida más saludables y una moderación en el consumo de alcohol, además de cambios en las preferencias de las nuevas generaciones.

Todo esto ha impulsado a la industria vitivinícola a diversificar su oferta con productos de menor graduación o nulo contenido alcohólico, “procurando mantener la calidad, las características organolépticas y la adecuada información en el etiquetado respecto del vino del cual proceden”.

La experiencia comparada, cita el decreto en el Diario Oficial, apunta a que la tendencia global es hacia una mayor diversificación de la oferta de vinos y que, en casos como la Unión Europea y España, pone en evidencia que las regulaciones están respondiendo a las nuevas preferencias de consumo.

“En consecuencia, resulta jurídicamente razonable incorporar una nueva categoría de vino especial denominada “vino bajo alcohol”, permitiendo reconocer y regular estos productos sin alterar la definición tradicional de vino vigente en Chile”, remarcó el texto.

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